Qué hacer con los alimentos procesados

Nov 23, 2022 | Publicaciones

IBARRA RIMÔN

Gabriel Ibarra

La sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, del pasado 10 de noviembre, que ordenó al Ministerio de Salud modificar las directrices de la Resolución 810 de 2021, sobre “etiquetado nutricional y frontal que deben cumplir los alimentos envasados o empacados para consumo humano”, vino a ser una manifestación más de la discusión que se viene dando sobre el tema.

En Colombia y en otros países de América Latina, como México, Uruguay y Argentina, se ha reglamentado la materia respecto de los productos con exceso de nutrientes críticos en aras de disminuir su consumo y la proliferación de diversas enfermedades crónicas de no transmisión.

La decisión del Tribunal se basó en un estudio de la Universidad de Antioquia según el cual un sello octagonal con la expresión “EXCESO EN”, era más efectivo que el sello circular con la expresión “ALTO EN”, adoptado en Colombia para influenciar la conducta del consumidor.

Sin embargo, se ha cuestionado si realmente las advertencias que se consignan en el etiquetado, independientemente de su forma o color, tienen realmente alguna incidencia en el comportamiento del consumidor.

El debate que se presentó en el caso de los cigarrillos es bastante ilustrativo. Karen Messer, profesora e investigadora de la Escuela de Salud Pública Herbert Wertheim de Estados Unidos, señaló que, si bien estas advertencias generaban mayor precaución en los consumidores, realmente no lograban disminuir el consumo de cigarrillo en la población.

Así que estas medidas parecen ser más bien paños de agua tibia para hacer frente a los problemas de salud pública que se derivan del consumo excesivo de esos alimentos, pues no basta con simples advertencias en los empaques, sino que más bien se debe diseñar una verdadera y robusta política de salud pública tendiente a educar al consumidor y a brindarle información completa y suficiente, lo que por supuesto va más allá de consignar simples leyendas en los empaques.

De hecho, los estudios realizados por la OMS concluyen que el consumo de los referidos alimentos no es en sí mismo nocivo, sino que es su exceso lo que resulta perjudicial.

Tampoco parece idóneo establecer impuestos sobre los denominados alimentos ultraprocesados. Estudios como el de Raddar, que han sido reseñados en La República, demuestran que estas cargas fiscales no conducen necesariamente a que se disminuya el consumo de los alimentos de marras.

De acuerdo con el vicepresidente del colegio médico colombiano, Jorge Diego Acosta, la sola imposición de estos gravámenes no garantiza la mejora de los hábitos alimenticios de los colombianos. Asevera que lo que realmente puede conducir a promover la salud y la prevención de las enfermedades y a estimular conductas de vida saludables son las medidas de carácter educativo, prioritariamente, que conduzcan a cambios culturales.

Es claro además que los productos que se pretenden gravar no afectan por igual a todos los consumidores, sino que sus consecuencias dependen también de las condiciones de salud y de las morbilidades de las que adolezcan quienes los consuman.

Ciertamente no es el Estado el llamado a tomar decisiones que pertenecen al libre albedrio de sus ciudadanos. Deben más bien, los órganos públicos, preocuparse por diseñar campañas educativas e informativas que además ilustren al consumidor no sólo sobre sus derechos, sino que además les recuerde y advierta sobre sus deberes, dentro de los cuales se cuenta la imperiosa obligación de informase adecuadamente sobre las calidades, consecuencias y efectos de los productos que consume.

En suma, la verdadera raíz de este grave problema de salud pública está en la falta de educación y la solución debe buscarse principalmente en ese contexto.

Para leer nota completa clic acá